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17/04/2023 | 5 minutos

¿Qué es desgravar? 10 cosas que te puedes desgravar en la declaración de la renta

10 cosas que te puedes desgravar en la declaración de la renta y probablemente no sepas

10 cosas que te puedes desgravar en la declaración de la renta y probablemente no sepas

Temida declaración de la renta, esa que llega cada año (allá por abril) seguida de la banda sonora de Tiburón. Esa que consigue que nos tiemblen las piernas antes de darle al botón de “enviar” por miedo a que nos toque pagar al Estado. ¿Pagas más? Sí, más de lo que ya pagamos cada día en impuestos pero que nos permite disfrutar de innumerables servicios públicos. Por suerte, es posible desgravar ciertas aportaciones de la misma, de manera que se nivele la balanza un poco a nuestro favor. Pero, empecemos por el principio.  

 

 ¿Qué es desgravar?

 

Según la RAE, desgravar significa “deducir parcial o totalmente [un ente público o privado] el impuesto, la tasa u otra carga que pesa sobre ciertas cosas, según lo que establece la Administración.” Dicho con otras palabras, es la posibilidad de “liberarte” (muy entre comillas) de pequeñas cargas fiscales, según tu situación personal y profesional, a la hora de hacer la declaración de la renta. Para que quede más claro, vamos a ver casos concretos de cosas que te puedes desgravar. 

 

Si eres autónomo: 

 

1- Material de trabajo y oficina: En el caso de los autónomos, podrán desgravarse del irrpf todos los gastos de productos o servicios que vayan a usar en su trabajo: Ordenador, silla de escritorio, impresora, papelería, tarjetas de visita… 

2- Programas de ordenador y licencias web: En este caso, se incluyen los programas de ordenador que vayas a usar en el trabajo, como programas de diseño gráfico (Photoshop, Indesign…), programas internos de facturación, dominios y alojamientos de tus páginas web o incluso bancos de imágenes. 

3- Dietas en horario laboral: Todos los gastos de desayunos, comidas o cenas de negocios (o dentro del horario laboral) también podrán desgravarse por parte de los autónomos. Los límites son: 

  • 26,67€ diarios en España ( 53,34€ diarios si hay pernocta en municipio distinto).
  • 48,08€ diarios en el extranjero (91,35€ diarios si hay pernocta).

4- La gasolina: Si el coche es de empresa y lo utilizas para hacer tus viajes o visitas de negocios, podrás desgravarte en el irpf hasta el 50%. Si, por otro lado, el vehículo es de mercancías (camión o furgoneta), podrás desgravarte hasta el 100%.

5- Suministros domésticos: el autónomo que trabaje desde casa y así se lo haya notificado a Hacienda, podrá deducirse un 30% (sobre la proporción en la que utilices tu vivienda) en el IRPF de los suministros de electricidad, gas, agua, telefonía e internet de la parte de la vivienda afecta a la actividad.

 

Si eres trabajador por cuenta ajena:

 

6- Situaciones familiares y personales concretas: Es posible desgravarte en el IRPF un importe máximo dependiendo de tu situación familiar. Por ejemplo, las familias numerosas, personas con discapacidad, familias monoparentales con 2 hijos o personas que realicen una tributación conjunta con miembros de su familia se podrán desgravar cantidades que oscilan entre los 1.200 a los 3.400€ anuales. 

7- Beneficios sociales para el trabajador que ofrecen las empresas: Si eres trabajador por cuenta ajena, lo que te “pague” la empresa en especies no tributa. Esto significa que si dispones de tickets restaurante, abono transporte, cheque guardería o similares, esas cantidades se descontarán de tu salario bruto final y, por lo tanto, tributarás menos (aunque lo recibas por otro lado).

 

Tanto si eres autónomo como trabajador por cuenta ajena:

 

8- Maternidad: Este tipo de deducción se implantó para ayudar a las madres trabajadoras con hijos menores de 3 años a su cargo. También se contemplan los casos de adopción (en este caso no importa la edad del menor) durante los primeros 3 años de adopción. El padre podría optar a esta deducción de impuestos si la madre falleciese o si él obtuviera la custodia total de los hijos. En cualquier caso, la cantidad máxima deducible sería de 1.200€ anuales.

Desgravaciones que podemos hacer sea cual sea nuestra situación laboral:

 

9- Planes de pensiones: La cantidad a desgravar irá en relación a la cantidad aportada al plan. La cantidad máxima que puedes deducirte en el IRPF 2022 por las aportaciones individuales al plan de pensiones son 1.500€, siempre y cuando no supere el 30% de tu renta anual. En ciertas ocasiones, incluso podrías desgravarte el plan de pensiones de tu cónyuge.

10- Contribuciones a ONG’s: Podrás incluir en la declaración de la renta todas las aportaciones que hagas durante el año a organizaciones no gubernamentales. Según la normativa, podrás desgravarte hasta un 80% de los primeros 150 euros donados. Superada esa cantidad, la desgravación pasará a ser del 35% o 40% si son recurrentes.

11- Alquiler del piso: Sí, pero con matices. Solo te podrás desgravar el alquiler de tu vivienda si firmaste el contrato antes de enero de 2015 y, por tanto, pudiste aplicar la deducción de impuestos por alquiler en la Declaración de la Renta de 2014 y siempre que la base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales.

Además, siempre habrá que echar un vistazo y tener en cuenta las deducciones autonómicas que varían en cada comunidad autónoma y que pueden ayudarnos a disminuir aún más el impacto de nuestra declaración.

Bueno, parece que el tiburón se ha convertido en un pececillo simpático y nuestro temor a hacer la declaración de la renta ha disminuido. Sabiendo que es posible desgravar todo lo que acabamos de ver, probablemente empecemos a ver a nuestra amiga “declaración de la renta” con mejores ojos. ¿O no?

 

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