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10/03/2025 | 5 minutos

¿Qué es desgravar? 10 cosas que te puedes desgravar en la declaración de la renta

10 cosas que te puedes desgravar en la declaración de la renta y probablemente no sepas

10 cosas que te puedes desgravar en la declaración de la renta y probablemente no sepas

Temida declaración de la renta, esa que llega cada año (allá por abril) seguida de la banda sonora de “Tiburón”. Esa que consigue que nos tiemblen las piernas antes de darle al botón de “enviar”. Pagar impuestos nos permite disfrutar de innumerables servicios públicos, pero es posible desgravar ciertas aportaciones de manera que se nivele la balanza un poco a nuestro favor. Pero, empecemos por el principio.  

¿Qué es desgravar?

Según la RAE, desgravar significa “deducir parcial o totalmente [un ente público o privado] el impuesto, la tasa u otra carga que pesa sobre ciertas cosas, según lo que establece la Administración.” Dicho con otras palabras, es la posibilidad de “liberarte” (muy entre comillas) de pequeñas cargas fiscales, según tu situación personal y profesional, a la hora de hacer la declaración de la renta. Para que quede más claro, vamos a ver casos concretos de cosas que te puedes desgravar

Qué te puedes desgravar si eres trabajador por cuenta ajena:

1. Situaciones familiares y personales concretas. Es posible desgravarte en el IRPF un importe máximo dependiendo de tu situación familiar. Por ejemplo, las familias numerosas, personas con discapacidad, familias monoparentales con 2 hijos o personas que realicen una tributación conjunta con miembros de su familia se podrán desgravar cantidades que oscilan entre los 1.200 a los 3.400 euros anuales

2. Beneficios sociales para el trabajador que ofrecen las empresas. Si eres trabajador por cuenta ajena, lo que te “pague” la empresa en especie no tributa. Esto significa que si dispones de tickets restaurante, abono transporte, cheque guardería o similares, esas cantidades se descontarán de tu salario bruto final y, por lo tanto, tributarás menos (aunque lo recibas por otro lado).

Qué te puedes desgravar si eres autónomo: 

3. Material de trabajo y oficina. Si eres autónomo, podrás desgravarte del IRPF todos los gastos de productos o servicios que vayas a usar en tu trabajo: ordenador, silla de escritorio, impresora, papelería, tarjetas de visita… 

4. Programas de ordenador y licencias web. En este caso, se incluyen los programas de ordenador que vayas a usar en el trabajo, como programas de diseño gráfico (Photoshop, Indesign…), programas de facturación, dominios y alojamientos de tus páginas web o incluso bancos de imágenes. 

5. Dietas en horario laboral. Todos los gastos de desayunos, comidas o cenas de negocios (o dentro del horario laboral) también podrán desgravarse por parte de los autónomos. Los límites son: 

  • 26,67 euros diarios en España (53,34 euros diarios si hay pernocta en municipio distinto).
  • 48,08 euros diarios en el extranjero (91,35 euros diarios si hay pernocta).

6. La gasolina. Si el coche es de empresa y lo utilizas para hacer tus viajes o visitas de negocios, podrás desgravarte en el IRPF hasta el 50%. Si, por otro lado, el vehículo es de mercancías (camión o furgoneta), podrás desgravarte hasta el 100%.

7. Suministros domésticos. Si eres autónomo, trabajas desde casa y así se lo has notificado a Hacienda, podrás deducirte un 30% (sobre la proporción en la que utilices tu vivienda) en el IRPF de los suministros de electricidad, gas, agua, telefonía e internet de la parte de la vivienda afecta a la actividad.

Tanto si eres trabajador por cuenta ajena como si eres autónomo:

8. Maternidad. Este tipo de deducción se implantó para ayudar a las madres trabajadoras con hijos menores de 3 años a su cargo. También se contemplan los casos de adopción (en este caso no importa la edad del menor) durante los primeros 3 años de adopción. El padre podría optar a esta deducción de impuestos si la madre falleciese o si él obtuviera la custodia total de los hijos. En cualquier caso, la cantidad máxima deducible sería de 1.200 euros anuales.

Desgravaciones sea cual sea tu situación laboral:

9. Planes de pensiones. La cantidad a desgravar irá en relación con la cantidad aportada al plan. La cantidad máxima que puedes deducirte en el IRPF de 2024 por las aportaciones individuales al plan de pensiones son 1.500 euros, siempre y cuando no supere el 30% de tu renta anual. Además, si tienes un plan de pensiones de empleo promovido por la empresa en la que trabajas o, si trabajas por tu cuenta, un plan de pensiones de empleo simplificado de autónomos, podrás aportar por encima de ese límite. Consulta cuáles son las aportaciones máximas a planes de pensiones en 2024 y haz números con la ayuda de un simulador para saber cuánto puedes desgravarte. Por otro lado, en ciertas ocasiones, incluso podrías desgravarte el plan de pensiones de tu cónyuge. 

10. Contribuciones a ONG. Podrás incluir en la declaración de la renta todas las aportaciones que hagas durante el año a organizaciones no gubernamentales. Según la normativa, podrás desgravarte hasta un 80% de los primeros 250 euros donados. Superada esa cantidad, la desgravación pasará a ser del 40% o 45% si son recurrentes.

11. Alquiler del piso. Sí, pero con matices. Solo te podrás desgravar el alquiler de tu vivienda si firmaste el contrato antes de enero de 2015 y, por tanto, pudiste aplicar la deducción de impuestos por alquiler en la Declaración de la Renta de 2014 y siempre que la base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales.

 

Además, siempre habrá que echar un vistazo y tener en cuenta las deducciones autonómicas que varían en cada comunidad autónoma y que pueden ayudarte a disminuir aún más el impacto de tu declaración.

Sabiendo todo lo que te puedes desgravar, parece que el tiburón ha menguado y el temor a hacer la declaración de la renta ha disminuido. 

 

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