CASO PRÁCTICO
28 diciembre 2020 | 6 minutos
¿Consideráis la jubilación como un momento clave en la vida de una persona? Nosotros, desde luego sí. Es el principio de algo nuevo, de una nueva vida que comienza en el momento en el que se deja de trabajar y para el que hay que estar muy preparado. Es probable que los meses previos sean de agobio por la cantidad de papeleo y gestiones que hay que hacer, pero cuando llega el día, todo se ve de manera distinta ¿verdad? En Ibercaja nos preocupamos porque tengáis a mano toda la información necesaria antes de jubilarse. Y, por supuesto, saber cómo hacer el cálculo de la edad de jubilación es vital para ello. Si seguís leyendo, os vais a encontrar con todo aquello que debéis saber sobre dicho cálculo, así que, si os interesa, adelante.
Antes de ver cómo hacer el cálculo de la edad de jubilación, hay que saberse la teoría primero. En 2013, con la entrada de la nueva ley sobre la jubilación, se estableció un incremento gradual de la edad de jubilación desde los 65 hasta los 67 años en el periodo 2013-2027. Este mismo intervalo se usó para determinar otro incremento paralelo de los 35 a los 37 años como años cotizados para cobrar la totalidad de la pensión por jubilación.
Esto quiere decir que este año, la persona que quiera jubilarse y cobrar la cantidad íntegra de su pensión, tendrá que haber cumplido los 65 años y haber cotizado un total de 37 años o más. Si por el contrario no se alcanza esta última cifra, tendrá que tener 65 años y 10 meses en el momento de solicitar la jubilación.
Bueno, como hemos dicho, la ley establece un incremento desde 2013 que hay que tener en cuenta para hablar del cálculo.
Año | Períodos cotizados | Edad exigida |
2020 | 37 años o más | 65 años |
Menos de 37 años | 65 años y 10 meses | |
2021 | 37 años y 3 meses o más | 65 años |
Menos de 37 años y 3 meses | 66 años | |
2022 | 37 años y 6 meses o más | 65 años |
Menos de 37 años y 6 meses | 66 años y 2 meses | |
2023 | 37 años y 9 meses o más | 65 años |
Menos de 37 años y 9 meses | 66 años y 4 meses | |
2024 | 38 años o más | 65 años |
Menos de 38 años | 66 años y 6 meses | |
2025 | 38 años y 3 meses o más | 65 años |
Menos de 38 años y 3 meses | 66 años y 8 meses | |
2026 | 38 años y 3 meses o más | 65 años |
Menos de 38 años y 3 meses | 66 años y 10 meses | |
A partir de 2027 | 38 años y 6 meses o más | 65 años |
Menos de 38 años y 6 meses | 67 años |
Una vez tengamos en mente esta tabla, vamos a ver un caso práctico que nos puede ayudar mucho a entender todo este proceso.
Juan va a cumplir los 65 este año y se está planteando la jubilación. Pero se lo plantea siempre y cuando vaya a cobrar la totalidad de la pensión y ha visto que existe la posibilidad de hacerlo a los 65 años. Cuando Juan alcance dicha edad, habrá cotizado un total de 36 años.
¿Se puede jubilar Juan? Pues si atendemos a la tabla que tenemos aquí arriba, lo cierto es que no podría jubilarse con la totalidad de la pensión. Al no haber alcanzado los 37 años que se exigen en 2020 para poder jubilarse a los 65 años, va a tener que esperar a cumplir 10 meses más como establece la ley si quiere cobrar la cantidad íntegra de la pensión que le corresponde.
Como veis, siguiendo la tabla es muy sencillo saber a qué edad puede uno jubilarse. Es verdad que existen miles de supuestos y excepciones, en otros casos por ejemplo entra en juego la jubilación parcial, pero eso es otra historia que veremos en otro artículo. Por lo tanto, si se trata de un tema que os ha parecido interesante o directamente necesario, seguid buscando por este blog porque vais a encontrar todo aquello que busquéis.
No todo el mundo tiene las mismas necesidades, y queremos que encuentres la solución que mejor se adapte a tu situación.