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26/09/2021 | 4 minutos

Jubilación forzosa

¿En qué consiste la jubilación forzosa?

¿En qué consiste la jubilación forzosa?

En este blog, siempre que hemos hablado de jubilación, lo hemos calificado como un buen momento en la vida de un trabajador. De hecho, suele asociarse a algo positivo ¿no? Llevas trabajando toda tu vida y te mereces por fin un verdadero descanso. Pues bien, igual que hay gente que lo mira de ese modo, hay otras personas que por x motivos, quieren seguir trabajando y no quiere retirarse del mundo laboral. ¿Por qué? Pues puede suceder que el trabajador se siga viendo capacitado para ejercer sus funciones y no quiera dejarlo, pero también se puede dar el caso de un trabajador que vea como sus ingresos se reducen con la jubilación y quiera estirar su vida laboral. Pero lo que hay que saber es que en estos casos y llegados a la edad ordinaria de jubilación, la empresa puede obligarles a jubilarse, concepto que se conoce como jubilación forzosa.

¿De donde viene la jubilación forzosa?

En primer lugar, vamos a tratar de situarnos un poco. Las personas que quieran jubilarse en 2021 lo podrán hacer a los 65 años, siempre que hayan cotizado al menos 37 años y tres meses. Si no han podido cubrir esos plazos, se jubilarían a los 66. También hay que destacar que el acceso a la pensión por jubilación es un derecho voluntario, pero como hemos mencionado ya, hay casos en los que las empresas pueden obligar a jubilarse a sus trabajadores.

¿En qué se amparan las empresas para poder hacer esto? En la jubilación obligatoria establecida por convenio colectivo. De hecho, el Real Decreto-Ley 28/2018 contempla que se permita pactar la jubilación obligatoria a través de un convenio colectivo. Pero como en muchos otros casos, hay que cumplir una serie de requisitos:

  • El trabajador debe haber alcanzado la edad ordinaria para cobrar la pensión por jubilación. Además, cobrará el 100% de lo que le corresponda.
  • Debe haber una serie de objetivos coherentes de política de empleo, como relevo generacional de la plantilla o nuevas contrataciones.

Si se dan ambas condiciones, el pacto de jubilación obligatoria podrá tener validez. Cabe decir que, actualmente existe un pacto de Gobierno por el que se va a derogar esta figura. Desde el 1 de enero de 2022, cuando se prevee que entre en vigor la ley que está pendiente de tramitación parlamentaria, se prohibirá su inclusión en nuevos convenios. Casos de jubilación forzosa

Además de los requisitos que hay que cumplir, ya mencionados, hay dos casos muy comunes donde se puede dar la jubilación forzosa de los trabajadores:

  • Jubilación anticipada forzosa por desempleo: A veces se da la situación de algunos trabajadores que han sido despedidos por causas ajenas a su persona y ya no tienen posibilidad de reincorporarse al mercado laboral. Si esto sucede, se podrán acoger a este tipo de jubilación.
  • Jubilación obligatoria de los funcionarios: La ley establece que los funcionarios no pueden extender su vida laboral más allá de la edad ordinaria de jubilación. Pero es verdad que hay unos casos concretos donde podrán retirarse, como tarde, a los 70 años:
    • Funcionarios de los Cuerpos Docentes Universitarios.
    • Magistrados, Jueces, Fiscales y Letrados de la Administración de Justicia.
    • Registradores de la Propiedad ingresados antes del 1 de enero de 2015.

Por tanto, las empresas si que tienen derecho a obligar a sus trabajadores a jubilarse, pero siempre bajo una serie de condiciones y requisitos que han de cumplirse. Si tienes más dudas acerca de este tema, sobre jubilación hay muchísimos artículos en nuestro blog, que te animamos a seguir leyendo para estar a la orden del día sobre este tema.

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