17/05/2023 | 4 minutos
¿Tienes claro cómo se hace la disolución o extinción de un condominio? Es más, ¿sabes a qué se refiere este término? Por diferentes motivos, puedes verte compartiendo con otras personas la propiedad de inmuebles, cuentas, fondos de inversión, valores u otros bienes. A continuación, profundizaremos en este aspecto.
Se llama condominio a la posesión compartida de un bien entre dos o más personas al mismo tiempo. En realidad, es más habitual de lo que piensas, sobre todo, como consecuencia de los procesos sucesorios.
Imagina, por ejemplo, que quieres abrir un fondo de inversión o una cuenta junto a otras personas. El contrato debe contemplar, claramente, estos dos aspectos clave: la titularidad y el poder de disposición. Respecto al segundo aspecto, existen dos opciones:
Cuando no se concreta nada sobre el tipo de forma de disposición, se aplica el artículo 1.137 del Código Civil: la cuenta será mancomunada.
¿Quieres cambiar el planteamiento inicial? El requisito difiere según el punto de partida:
Adicionalmente, es posible nombrar autorizados o disponentes. Son quienes reciben el consentimiento expreso de los titulares, el mandato para disponer de los bienes en la forma en la que los titulares establezcan. Ahora bien, no pueden:
Para nombrar a las personas autorizadas, es preciso reunir la firma de todos los titulares. En cualquier caso, tras la muerte de uno de ellos —o cuando cualquiera comunica la revocación de su autorización— ya no pueden disponer de esos bienes, fondos o cuentas.
¿Cómo se obtiene la condición de autorizado? Siempre es por autorización expresa —en general, por escrito— de uno o más titulares. En cualquier momento el titular puede revocar ese mandato y, desde entonces, el disponente o autorizado ya no podría operar con esa cuenta.
Desarrollamos a continuación algunas situaciones conectadas con la extinción de un condominio:
Cuando hablamos de cotitularidad, todos los partícipes tienen derechos sobre las propiedades y los rendimientos que generan. Al crear el condominio, se habrá concretado el reparto proporcional que corresponde a cada uno. Si no se indica porcentaje de participación, se considera que se reparte proporcionalmente entre el número de cotitulares.
En cuanto al reembolso parcial de estas propiedades de fondos, siempre se considera realizado a la totalidad de los cotitulares. Así pues, las ganancias o pérdidas obtenidas se deben repartir según las proporciones consignadas en el condominio y cada cotitular debe responder por esos importes en su declaración de IRPF. Se consideran rendimientos propios, tributan proporcionalmente y se suman a la base imponible del ahorro.
Cuando se pretende cancelar un condominio de una cuenta de fondos de inversión , hay que seguir este proceso:
Ten presente, además, que las participaciones traspasadas se consideran adquiridas en las fechas y por los importes correspondientes a las adquisiciones originarias de las que proceden. Cuando estas fechas e importes difieren en la composición del fondo compartido, también se aplicará el correspondiente porcentaje de titularidad a cada uno de ellos.
En cualquier caso, la disolución de un condominio es un proceso viable y no demasiado complejo. Estamos a tu disposición si necesitas nuestro asesoramiento o apoyo.
No todo el mundo tiene las mismas necesidades, y queremos que encuentres la solución que mejor se adapte a tu situación.