25/10/2021 | 4 minutos
Los convenios especiales de la Seguridad Social son acuerdos suscritos voluntariamente por los trabajadores con la Seguridad Social para poder generar, mantener o ampliar el derecho a prestaciones de la Seguridad Social. Están destinados a cubrir prestaciones para determinados tipos de situaciones como puede ser la viudedad o la invalidez. Es decir, hay varios tipos de convenios, que vamos a tratar de explicar.
Convenio especial de los emigrantes españoles e hijos de estos retornados
Podrán suscribirlo los emigrantes españoles y los hijos de éstos que posean la nacionalidad española, sea cual fuese el país en el que trabajen, en el momento de su retorno a territorio español, siempre que no se hallen incluidos obligatoriamente en algún régimen público de protección social en España.
Convenio especial para los emigrantes españoles e hijos de estos que trabajen en el extranjero y seglares, misioneros y cooperantes
Podrán suscribirlo los emigrantes españoles y los hijos de éstos que posean la nacionalidad española, con independencia de que con anterioridad hayan estado o no afiliados a la Seguridad Social española, e independientemente del país en el que trabajen y de que dicho país tenga o no suscrito con España acuerdo o convenio en materia de Seguridad Social.
Convenio especial de trabajadores que reduzcan la jornada por cuidado de un menor, minusválido o familiar
Se podrán acoger al mismo los trabajadores por cuenta ajena o asimilados que, por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, o en los casos de nacimiento de hijos prematuros o que por cualquier causa deban permanecer hospitalizados a continuación del parto, reduzcan su jornada de trabajo, con la disminución proporcional del salario.
Convenio especial de trabajadores contratados a tiempo parcial
Para los trabajadores contratados a tiempo parcial que no estén percibiendo prestaciones de desempleo podrán suscribir convenio especial para completar la cotización derivada del contrato a tiempo parcial hasta la base mínima de cotización establecida con carácter general para su categoría profesional.
Convenio especial de trabajadores perceptores del subsidio de desempleo con derecho a cotización por la contingencia de jubilación
Podrán suscribirlo los trabajadores perceptores del subsidio de desempleo, con derecho a cotización por la contingencia de jubilación, mayores de 55 años (antes 52 años).
Convenio especial para trabajadores que cesen en las prestaciones de servicios o actividades
Pueden suscribir este convenio especial el trabajador o asimilado que preste sus servicios a dos o más empresarios en situación de pluriempleo, y cese en alguna o todas las actividades que dieron lugar a su inclusión obligatoria en dos o más Regímenes del Sistema de Seguridad Social.
Convenio especial de cuidadores no profesionales de personas en situación de dependencia
Destinado a los cuidadores no profesionales de las personas en situación de dependencia que sean perceptores de la prestación económica regulada por el R.D. 615/2007 de 11 de mayo (BOE del 12).
Convenio especial para trabajadores sujetos a procedimientos de despido colectivo que incluyan trabajadores con 55 o más años
Este convenio especial se celebrara en relación con los procedimientos de despido colectivo con empresas no incursas en procedimiento concursal que incluyan trabajadores con 55 o más años de edad que no tuvieren la condición de mutualistas el 1 de enero de 1967.
No todo el mundo tiene las mismas necesidades, y queremos que encuentres la solución que mejor se adapte a tu situación.