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19/10/2021 | 5 minutos

Complemento de maternidad para la jubilación

Todo lo que debes saber sobre el complemento de maternidad por jubilación

Todo lo que debes saber sobre el complemento de maternidad por jubilación

En 2021, se han producido muchos cambios en todo lo referente a la jubilación de los trabajadores. Está claro que se trata de un momento anhelado por muchos, pero del cuál pueden surgir muchas dudas. Por ejemplo, el tema de las pensiones es uno de los que más variaciones ha sufrido en estos últimos años. Los complementos para estas tampoco se quedan atrás y si hay algo de los que os queríamos hablar es el complemento de maternidad por jubilación. 

Se trata de un concepto que surge en 2016 y que desde entonces ha estado envuelto en cierta polémica, debido a algunas sentencias por considerarlo discriminatorio con los padres. Por tanto, desde principios de este año, se trata de un complemento al que pueden acceder tanto hombres como mujeres. Pero hay que profundizar más en su naturaleza y funcionamiento. Vamos a ello.

¿En qué consiste el complemento de maternidad por jubilación?

El complemento de maternidad por jubilación es un plus que se ofrece a aquellas personas que hayan visto afectado su periodo de cotización por el nacimiento y cuidado de los hijos. Es decir, es una ayuda para todas las mujeres adscritas al régimen de la Seguridad Social y tengan hijos, que vayan a pedir una pensión de jubilación, viudedad o incapacidad temporal. 

Como hemos dicho, desde principios de 2021 los hombres también pueden solicitar dicha ayuda, por fallecimiento del otro progenitor y acreditando la limitación o perjuicio a la vida profesional.

¿A cuánto asciende la cuantía de este complemento?

El dinero a percibir, depende del número de hijos que se tengan:

  • 1 hijo: 378 euros anuales, a razón de 27 al mes en 14 pagas.
  • 2 hijos: 756 euros anuales, 54 mensuales.
  • 3 hijos: 1.134 euros anuales y 81 mensuales.
  • 4 o más hijos: 1.512 euros anuales y 108 euros mensuales.

¿Qué requisitos hay que cumplir para poder solicitarlo?

Desde el 4 de febrero de 2021, las personas que quieran optar a este complemento, deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Como habréis visto antes, ahora hay que tener 1 o más hijos. Antes sólo se podía pedir si se tenían dos o más.
  • Tener derecho a una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad.
  • Solo se pueden tener en cuenta para recibirlo a aquellos hijos nacidos antes del hecho que ha dado lugar a la jubilación. Por ejemplo, si se obtiene por una incapacidad permanente, no se tendrán en cuenta los hijos nacidos con posterioridad.
  • No se puede acceder al complemento si el padre o madre que lo solicita ha sido privado de la patria potestad por sentencia judicial.

En 2016 surgió este concepto para tratar de reducir la brecha de género y, como veis, en poco tiempo ya ha sufrido muchos cambios. Por eso, nuestra recomendación desde aquí es, que siempre que podáis, habléis con un experto si os encontráis en esta situación. Ya sabéis que nosotros seguiremos hablando de estos temas para manteneros lo más informados posible.

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