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03/02/2023 | 6 minutos

Aportaciones a planes de pensiones: máximos permitidos

¿Cuál es la cantidad máxima que puedo aportar a mi plan de pensiones?

 ¿Cuál es la cantidad máxima que puedo aportar a mi plan de pensiones?

¿Deberías hacerte un plan de pensiones? ¿Te conviene más que un fondo de inversión? ¿Cuál es la fiscalidad de los planes? Todas estas preguntas las estamos viendo en este blog, donde podréis encontrar un montón de artículos sobre este producto de ahorro dirigido a la jubilación. Quizás hay algo en lo que aún no habíamos entrado en detalle y sobre lo que merece la pena pararse a hablar un rato. Estamos hablando de las aportaciones a los planes de pensiones, los límites establecidos al dinero que podéis ingresar en vuestros planes cada año. ¿Sabríais decir cuál es la aportación máxima a un plan de pensiones que se permite? Pues eso es lo que vamos a ver aquí.

 

¿Cuál es la máxima cantidad de dinero que puedes aportar?

 

Vamos a pasar por alto la definición del plan de pensiones y su funcionamiento, pues es algo que ya hemos visto en otros artículos sobre jubilación. Las aportaciones a los planes de pensiones tienen ciertos límites, aquí vamos a ver que afectan desde el punto de vista financiero:

  • La aportación máxima permitida para cualquier persona, independientemente de la edad, es de 1.500 euros anuales. Este límite se incrementará en 8.500 euros adicionales, siempre que tal incremento provenga de contribuciones empresariales o aportaciones del trabajador al mismo plan de pensiones de empleo que aporte la empresa, en función de la siguiente tabla:

             

En todo caso se aplicará el multiplicador 1 cuando el trabajador obtenga en el ejercicio rendimientos íntegros del trabajo superiores a 60.000 euros procedentes de la empresa que realiza la contribución.

 

  • Para aquellas personas que tengan una discapacidad física igual o superior al 65 %, psíquica igual o superior al 33 %, así como aquellas que tengan una incapacidad declarada judicialmente con independencia de su grado, el límite anual se establece en los 24.250 euros. Esto incluye las aportaciones que pueden realizar en favor del discapacitado personas con determinado grado de parentesco, cuyas aportaciones a su vez no pueden exceder de 10.000 euros al año por aportante..
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¿Estos límites afectan también a la fiscalidad de los planes de pensiones?

 

Las aportaciones de un plan de pensiones disminuyen la base imponible del IRPF cada año con unos límites que dependen del tipo de aportación que hagamos:

  • Aportaciones individuales: El máximo a desgravar es la menor de estas cantidades: 1.500 euros o el 30% del rendimiento neto de tu trabajo y otras actividades económicas. Este límite se podrá incrementar en 8.500 euros adicionales, siempre que tal incremento provenga de contribuciones empresariales o aportaciones del trabajador al plan de empleo.
  • Aportaciones en favor de un cónyuge: Se da siempre que el cónyuge cobre menos de 8.000 euros anuales. Si se da este caso, podrá desgravarse el cónyuge con ingresos hasta 1.000 euros anuales de límite, adicional al importe de sus aportaciones propias.
  • Aportaciones en favor de personas en grado de parentesco con discapacidad: Las personas que ingresen dinero en el plan en favor del discapacitado (que debe ser cónyuge, pariente hasta tercer grado o tutor) podrán deducirse un máximo de 10.000 euros anuales cada aportante. Si las aportaciones las realiza la propia persona con discapacidad, el límite será de 24.250 euros. De cualquier modo, la suma de deducciones entre todos los aportantes no podrá superar 24.250 euros anuales.

Cabe destacar que esto no es igual en toda España, los límites fijados por la legislación de Navarra y País Vasco son distintos:

  • Navarra:
    • Aportaciones individuales: Desde el 1 de enero de 2022, el límite máximo de reducción es el mismo que para el territorio común, es decir, es posible desgravarse la menor de estas cantidades: 1.500 euros o el 30% del rendimiento neto del trabajo y otras actividades económicas. Este límite se podrá incrementar en 8.500 euros, siempre que tal incremento provenga de aportaciones de la empresa o del trabajador al plan de pensiones de empleo.
    • Aportaciones en favor de un cónyuge: El cónyuge tendrá que cobrar menos de 8.500 euros anuales. Cuando se da este caso, el cliente podrá desgravar 1.000 euros anuales como máximo.
    • Aportaciones en favor de personas en grado de parentesco con discapacidad: Con estas aportaciones, cada aportante podrá desgravar hasta 10.000 euros al año, pero entre todos no podrán superar la cantidad de 24.250 euros anuales.
  • País Vasco:
    • Aportaciones individuales: En cuanto a las aportaciones propias, el límite se sitúa en los 5.000 euros, en cambio, si nos referimos a las contribuciones empresariales, este no podrá superar los 8.000. Además, la suma de ambas tiene un límite de desgravación de 12.000 euros al año. Una vez jubilado, las aportaciones no darán derecho a reducción de la base imponible a partir del periodo impositivo siguiente a aquel en el que el contribuyente pase a estar en situación de jubilación.
    • Aportaciones en favor de un cónyuge: Si sus rendimientos no superan los 8.000 euros al año, las aportaciones del cliente al plan del cónyuge desgravan un máximo de 2.400 euros.
    • Aportaciones en favor de personas en grado de parentesco con discapacidad: Cada aportante podrá desgravar hasta 8.000 euros al año, pero entre todos no podrán superar la cantidad de 24.250 euros anuales.

¿Muchos datos verdad? No os preocupéis, una vez lo leáis todo con más detenimiento veréis que no es tan complicado, solo que de primeras puede asustar un poco. Como este, tenéis un montón de artículos sobre los planes de pensiones y jubilación para que os sigáis informando y salgáis de dudas en lo que a este tipo de productos se refiere.

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