04/11/2022 | 5 minutos
Recibir una herencia puede suponer un impacto importante en tu patrimonio, y no sólo por los bienes o derechos que recibes. Tendrás que tener en cuenta que deberás hacer frente al pago del impuesto sobre sucesiones y que dicha cuantía puede ser muy elevada, existiendo diferencias importantes de una comunidad autónoma a otra. El pago de este impuesto puede realizarse con cargo al patrimonio del heredero o con cargo al caudal relicto de la herencia. Así que, para evitar problemas, te explicamos cómo funciona este gravamen y cómo puedes pagarlo con cargo a la herencia.
El impuesto sobre sucesiones y donaciones es un tributo que grava el incremento del patrimonio conseguido a título lucrativo por la muerte de una persona. Tiene las siguientes características:
El sujeto pasivo del impuesto es el heredero y la base imponible está constituida por el valor neto de la participación individual de cada heredero en el caudal hereditario o relicto.
Se entiende por caudal relicto el valor real del conjunto de bienes, derechos y obligaciones que transmite el testador a sus herederos, minorado por las cargas o gravámenes, deudas y gastos que sean deducibles. Es decir, el patrimonio neto de la herencia. En caso de ser negativo, las deudas superarán al dinero u otros bienes.
El pago del impuesto puede suponer un problema para los herederos, ya que podrían no disponer de los recursos necesarios para abonarlo. Esta situación se daría antes de recibir la herencia, por lo que es normal pensar en la posibilidad de usar el caudal relicto para pagar dicho impuesto. Es decir, utilizarías los bienes que recibes para hacer frente al impuesto, cuyo abono es imperativo porque es directo.
Lo primero que tienes que saber es que la liquidación y pago del impuesto está sometida a unos plazos establecidos en el Reglamento General de Recaudación y es importante que los cumplas. En el caso de que te retrases, podrían aplicarte recargos, lo que aumentaría la cuantía que tienes que abonar. Por tanto, revisa este asunto para evitar problemas que llegan a salir caros.
Una vez tenido en cuenta el plazo, la normativa del impuesto prevé la posibilidad de que se pueda pagar con cargo al caudal relicto. Así, para proceder al pago, los herederos pueden solicitar a las oficinas gestoras del impuesto que autoricen a la entidad financiera del fallecido para vender parte de los valores heredados y, con cargo a su importe, o a cuentas bancarias del fallecido, librar los correspondientes talones a nombre del Tesoro Público por el importe exacto del impuesto.
En cuanto a la labor del banco, la entidad te facilitará la documentación oportuna sobre los saldos del causante en el momento de su fallecimiento. Además, pondrá a tu disposición los fondos que existan para hacer frente al pago del impuesto de sucesiones. Sin embargo, por tu parte tendrás que entregar una serie de documentos. Este es el caso del certificado de defunción, el del Registro de Actos de Última Voluntad y, si existe, una copia del último testamento que esté disponible. Si no la hubiera, basta con que le entregues la declaración de herederos abintestato.
La entidad bancaria también solicitará las escrituras de aceptación, partición y adjudicación de la herencia. Junto con ellas, necesitarás la liquidación del impuesto para que te entreguen los fondos que te corresponden. Esta cantidad se basará en el resultado de dicha liquidación y de la cuota tributaria resultante. Así que procura tener listos todos los papeles antes de iniciar el proceso.
En definitiva, el pago del impuesto de sucesiones con caudal relicto es posible. Si bien no dispones de la totalidad, puedes usar la parte que te corresponda de la cuenta bancaria del finado. Así no tendrás que gastar tanto dinero para hacer frente a esta responsabilidad. Eso sí, procura disponer de toda la información necesaria para acelerar en la medida de lo posible este proceso.
No todo el mundo tiene las mismas necesidades, y queremos que encuentres la solución que mejor se adapte a tu situación.