17/05/2023 | 4 minutos
Si un familiar te designa en su testamento como heredero, ya seas heredero único o con otros coherederos, tienes que prestar especial atención a algunos detalles. No son pocos los casos en España en los que se rechazan herencias. Según datos del Consejo General del Notariado, en el año 2021 las repudiaciones de herencias ascendieron a 28.000 y la inmensa mayoría se produjo porque eran herencias con deudas. Desde Ibercaja, vamos a explicarte bien este asunto.
Las herencias se componen de todos los bienes, derechos y también las obligaciones que una persona tiene en el momento de fallecer, los cuales no se extinguen tras su muerte. Esto viene a darnos la respuesta a la pregunta que nos planteamos: sí, las deudas también se heredan al entrar dentro del grupo de las obligaciones del difunto que pasan a ser, desde el fallecimiento, de los herederos.
Una vez que la persona que era titular de dichas deudas desaparece, el acreedor tiene el derecho de reclamarlas a los posibles herederos. Si decidiera hacerlo, se incluirían todas las obligaciones que no se hayan satisfecho al momento de la muerte, no sólo en las que el fallecido era deudor principal, sino que se incluyen también las deudas en las que el fallecido era avalista o fiador. Es cierto que, en algunos casos como las hipotecas inmobiliarias o algunos préstamos personales, las deudas se pueden ver canceladas gracias a productos asociados como los seguros de vida que hubiera contratados con esta finalidad, aunque no siempre ocurre de este modo.
Hay que tener otro aspecto presente: las deudas son de obligada satisfacción por los herederos incluso si desconocían su existencia. Si una persona acepta simplemente la herencia sin más, las deudas, fianzas y avales pasan inmediatamente a ella y debe hacerse responsable de su completa satisfacción. Y no sólo con los bienes recibidos por herencia, sino también con el patrimonio personal del heredero. Esto es algo que viene recogido en el artículo 1.003 del Código Civil, por lo que no es posible acogerse a ninguna salvedad para esquivar esta obligación legal.
Como te hemos comentado, es muy posible que te reclamen las deudas heredadas, aun cuando no supieras de ellas previamente. Por eso es importante que descubras todos los secretos que se esconden tras el patrimonio que integra una herencia. Ello puede lograrse fácilmente con un poco de conocimiento y un asesoramiento jurídico especializado.
El trámite que te permite saber si la herencia de la que has sido nombrado heredero es una herencia con deudas se conoce como la aceptación de la herencia a beneficio de inventario y es un derecho regulado en los artículos 1.010 y siguientes del Código Civil.
Esta opción suele ser la más interesante en la mayoría de los casos. Aceptar la herencia de esta forma desliga tu patrimonio personal del conjunto de bienes que vas a heredar. Es decir, ni los acreedores ni ninguna entidad podrán reclamarte absolutamente nada que te haga perder dinero o ponga en peligro tus propiedades.
Entonces, ¿en esta ocasión no es necesario pagar las deudas? Sí, siempre lo es. No obstante, mediante esta alternativa se crea un balance entre el valor real de lo heredado y las deudas que el fallecido haya dejado tras de sí. De este modo, las últimas se satisfarán con el patrimonio de la herencia sin que llegue a mermar en nada al capital y patrimonio de cualquiera de los herederos que hayan optado por esta modalidad.
En este proceso, se liquidarán los bienes de la herencia hasta saldar las deudas. Lo que quede al final del procedimiento será lo que se reparta entre los herederos y estará ya libre de todo tipo de cargas. Eso sí, también puede suceder que no quede nada en el caso de que las deudas superen el valor del caudal hereditario.
Depende de algunos aspectos, aunque lo cierto es que hay casos en los que sí que lo es. Pese a que existe la posibilidad de aceptar la herencia a beneficio de inventario, este proceso trae aparejados unos gastos que hay que tener en cuenta.
Cualquier experto en sucesiones apuntará siempre lo mismo: si se sabe de antemano que las deudas suponen una carga que supera con creces la de los bienes, derechos y beneficios de la herencia, se debe renunciar a ella sin más. Gracias a ello, es posible ahorrarse los trámites de todo el procedimiento sin perder ni tiempo ni dinero.
Ahora bien, estos casos no son tan claros como pueden llegar a parecer. No son pocos los herederos que creen saber perfectamente las deudas o los compromisos que tenía la persona antes de fallecer y que, para bien o para mal, terminan llevándose una sorpresa.
Por consiguiente, la opción de aceptar la herencia a beneficio de inventario sigue siendo la mejor solución posible para conocer de cerca la realidad. Esta es la herramienta que te dirá si una herencia con deudas es conveniente aceptarla o, por el contrario, repudiarla. Sin embargo, volvemos a repetirlo, este proceso implica un trámite en el que necesitarás asesoramiento jurídico profesional y siempre existe la posibilidad de que al final no quede nada que heredar.
No todo el mundo tiene las mismas necesidades, y queremos que encuentres la solución que mejor se adapte a tu situación.