10/11/2022 | 4 minutos
¿Sabes dónde se paga por el impuesto de donaciones? ¿Cuáles son las particularidades de una donación frente a una herencia o sucesión?
Como en otros impuestos, el factor geográfico influye en el importe final del impuesto, ya que las normativas y los porcentajes varían entre comunidades. Para que no tengas dudas, vamos a intentar aclarar todo.
Según residas o no en España de manera habitual:
Por otra parte, el factor clave es en qué comunidad autónoma reside habitualmente el donatario. Es lo que se conoce como punto de conexión y se aplica como criterio geográfico, con independencia del lugar de residencia del donante. Por tanto, la residencia del receptor determina qué normativa autonómica se utiliza.
¿Qué factores determinan la residencia en una u otra comunidad autónoma española? Se establecen tres supuestos:
Se toma como referencia el último lustro antes de la fecha de la donación para calcular en qué comunidad se ha pasado el mayor número de días. Este periodo de tiempo se computa de fecha a fecha, incluyendo las ausencias temporales.
Además, se considera como residencia el haber tenido una vivienda habitual a efectos del IRPF. Recuerda que, en este ámbito, se considera residencia habitual cuando se han pasado más de 183 días del ejercicio en ella. Por tanto, puede haber divergencias entre la residencia considerada por el IRPF y la aplicable para el impuesto de sucesiones y donaciones. En este sentido, se admite prueba en contrario, si procede.
Lo verás más claro con un ejemplo:
Así pues, se produce una diferencia, en la fecha a considerar, entre la residencia para el IRPF y para el impuesto de donaciones. En el primer caso, Madrid es la residencia del último ejercicio. Para el segundo, dado que se aplican 5 años, es todavía residente en Aragón y será en dicha comunidad donde habrá que liquidar e ingresar este impuesto.
Cuando no sea posible determinar la residencia según el planteamiento anterior, se aplicará este criterio (similar al supuesto de sucesiones). Así, el donatario se considerará residente en aquella comunidad autónoma donde tenga su principal centro de intereses. Es decir, se optará por el territorio en el que el donatario obtenga la mayor parte de sus rendimientos a integrar en la base imponible del IRPF.
Cuando persista la indefinición, se considerará residencia habitual la que conste en el último IRPF presentado.
Estas son algunas circunstancias diferenciales que modifican estas consideraciones:
En estos casos, es irrelevante donde reside el donante. Nos fijaremos, de nuevo, en dónde reside el donatario y en qué lugares están los bienes transmitidos:
Llegados a este punto, seguro que tu preparación es mayor para entender dónde se paga por el impuesto de donaciones que te afecten. Si tienes cualquier duda, consulta con profesionales.
No todo el mundo tiene las mismas necesidades, y queremos que encuentres la solución que mejor se adapte a tu situación.